24 de agosto de 2013

Con la sanción de la ley 8488 publicada en el Boletín oficial el 28 de noviembre de 2012, Mendoza es pionera en proponer que las empresas generen el Balance Social, entendido como una herramienta que mida en indicadores económicos, sociales y ambientales las acciones que las empresas realicen en estos tres ejes. 

Como su Art 1° refiere, el objeto de este cuerpo legal es promover conductas socialmente responsables de las empresas y organizaciones en general, en el diseño y materialización de sus políticas, con el fin que se cumpla una objetiva valoración y evaluación de la sustentabilidad social, ambiental, económica y financiera. 

La Guía para la elaboración de Memorias de sostenibilidad, incorporada como Anexo I al texto de la ley, agrega que el objetivo del desarrollo sostenible es "satisfacer las necesidades del presente sin poner en peligro la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades". Como agentes clave de la sociedad, las organizaciones de todo tipo tienen un papel importante en la consecución de ese objetivo"

Los puntos más sobresalientes de este plexo normativo pueden sintetizarse de la siguiente manera: 

Sus disposiciones tienen alcance obligatorio para aquellas empresas que poseen más de trescientos (300) trabajadores y una facturación que supere, en el último año, los valores indicados para medianas empresas en la Resolución SEPyME número 147/06, siendo voluntaria para las demás que no se encuadren en las características referidas (Art 2°).

Se encuentran comprendidas dentro del alcance de la Ley todas las organizaciones que tengan domicilio legal y/o comercial en la jurisdicción de la Provincia de Mendoza o desarrollen su actividad principal con al menos un año de funcionamiento en la misma, desde el momento de vigencia de la ley, ya sean privadas o estatales, nacionales o extranjeras (Art 3)

Se establece la obligación de presentar un Balance Social anualmente, que consiste en una medición y evaluación de resultado de la política social y ambiental de la empresa. 

Las empresas que cumplan con las presentaciones de los Balances Sociales obtendrán un certificado de "Empresa Socialmente Responsable" (con una duración de un año), que servirá para acreditar que alcanzaron o superaron las pautas fijadas en el Índice de Responsabilidad Social Empresaria (IRSE). 

Los beneficios de la obtención del certificado de "Empresa Socialmente Responsable" se traducen en el derecho a utilizar públicamente el distintivo. Por su parte las empresas que lo obtuvieren sin estar obligadas por ley podrán acceder a beneficios tales como: prioridades en las contrataciones con el Estado Provincial y/o Municipal, mejor y mayor posibilidad de acceso a líneas de crédito y financiación del Fondo para la Transformación y el Crecimiento y otras entidades financieras, espacios físicos para la publicidad de productos. 

Las empresas acreedoras del premio anual a la RSE (que se establece en el Art 12) contarán con una bonificación de hasta un 10% en el pago de impuestos provinciales, u otro tipo de beneficios fiscales. 

Para ver texto completo de la ley, pinche quí